Reducción en la cuota para los nuevos autónomos mayores de 30 años
Los trabajadores que se den de alta por primera vez como autónomos en el RETA y sean mayores de 30 años, y que cumplan los siguientes requisitos:
- No emplear a trabajadores por cuenta ajena.
- No darse de alta bajo la forma jurídica de sociedad (SL, SA, SLNE incluida SLU).
- No ser autónomo colaborador (Régimen especial para familiares de los autónomos).
- No haber recibido anteriormente una bonificación de la Seguridad Social como autónomo, aunque hayan pasado más de cinco años.
Consiste en una serie de bonificaciones temporales la base mínima, en concreto:
- Reducción del 80% de la cuota durante los primeros 6 meses.
- Reducción del 50% de la cuota durante los 6 meses siguientes a la primera reducción.
- Reducción del 30% de la cuota durante los 3 meses siguientes a la segunda reducción.
- Bonificación del 30% de la cuota en los 15 meses siguientes a la finalización del período de reducción
Reducción en la cuota de autónomos para incorporados al RETA
Esta reducción se aplica a las nuevas altas en el RETA de hombres menores de 30 años y mujeres menores de 35. Se podrán beneficiar de una reducción del 30% de la cuota de autónomos que resulte de aplicar sobre la base mínima de cotización el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento. Su duración es de 15 meses desde el alta, y una bonificación del 30% en los 15 siguientes meses.