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Reclamación de filiación

La reclamación de la filiación surge cuando un padre, que no figura como tal en el registro civil ni en cualquier otro, quiere que se reconozca la filiación de su hijo, aunque también puede darse el caso contrario y que el mismo no quiera o no pueda reconocer al hijo y sea este último quien inste la reclamación de la filiación.

No es raro escuchar como después de una serie de relaciones, unas veces en secreto y otras a gritos, derivan a los 9 meses en un hijo deseado, o no.

El problema viene cuando en menor viene al mundo y se le quiere registrar: en estos casos, si el padre está desaparecido, o ha renunciado al menor y a hacerse cargo del mismo, lo que ocurre es que la madre inscribe a si hijo con los apellidos de esta, cuestión que acalla por el momento cualquier tipo de problema que pueda devenir en un futuro próximo.

Lo que ocurre en estos casos es que la verdad no se puede acallar eternamente y cuando el menor ya no es tan menor y comienza a crecer, lo más normal es que quiera saber quién es su padre y como localizarlo.       

Cada vez está adoptando más importancia en nuestro país habida cuenta de los derechos y obligaciones que llevan aparejadas.

Así, si un hijo no aparece registrado con el nombre de su padre y no insta este tipo de reclamación, fallecido el padre, el hijo no tendrá derecho alguno sobre su herencia, cuestión que podría rehacerse si el hijo insta este tipo de procedimiento.

En el caso de las obligaciones de los padres con los hijos, es de mencionar el igual reflejo que tienen este tipo de reclamaciones de la filiación a fin de establecer la correspondiente pensión de alimentos.

¿En qué podemos ayudarle?

Licenciado en Derecho por la Universidad de Castilla la Mancha. Número de Colegiado 3131 del Muy Ilustre Colegio de Abogados de Albacete.

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